Este viernes el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció la prohibición del uso de pitos, sirenas y luces giratorias, intermitentes o rojas, en vehículos de motor que circulen en las vías públicas del territorio nacional. La medida está contenida en la resolución No. 001-2021 del Intrant, y plantea que si un agente de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) compruebe la instalación de pitos, sirenas, éste podrá retener el equipo en cuestión. Así mismo, la disposición prohíbe la instalación, modificación, aditamento o adaptación de luces giratorias, intermitentes o rojas, en vehículos de motor que circulen en las vías públicas del territorio nacional. La institución responsable de la movilidad y el transporte terrestre sostiene que el incumplimiento del mandato será multado con uno a tres salarios mínimos del sector público, de acuerdo al Art. 192 de la Ley Núm. 63-17. Según el Intrant, los conductores cuyos vehículos contengan alguno de los artículos antes detallados tienen un plazo de 15 días, desde este viernes, para retirar los artilugios. Excepciones Las patrullas y otros vehículos para dar servicio de la Policía Nacional Los camiones de bomberos Los vehículos para dar protección civil y salvamento Los vehículos para dar asistencia sanitaria o ambulancias Los vehículos dedicados al transporte de emergencias o grúas dedicadas al remolque de vehículos averiados, mientras se lleve a cabo dicho remolque. |