El Consejo Nacional de Migración tras concluir una reunión con la participación del presidente Luis Abinader en el salón Los Trinitarios del Palacio Nacional, tomó a unanimidad varias medidas en cumplimiento a las normas migratorias de la República Dominicana.
En un encuentro con la prensa al término de la reunión, el ministro de Interior y Policía Jesús Chu-Vásquez, actuando como vocero del organismo informó sobre las medidas.
El ministro Vásquez dijo que las acciones tomadas por el gobierno dominicano están apegadas a las leyes y normas migratorias de la República Dominicana.
*Acciones tomadas*
Se dispone de un plazo de tres (3) meses para que las empresas o empleadores regulen a sus trabajadores extranjeros al cumplimiento de la Ley No. 285-04 y su Reglamento de Aplicación No. 631-11.
También una vez vencido el plazo límite anteriormente descrito, todas las empresas o empleadores que requieran los servicios laborales de ciudadanos extranjeros deberán contratarlos de conformidad con los parámetros legales establecidos en la normativa migratoria y laboral de la República Dominicana, debiendo cumplir para ello con el procedimiento y los requisitos establecidos a tales fines en la Ley y Reglamento mencionados anteriormente.
Asimismo ejecutar, una vez vencido el plazo de desmonte, el régimen de sanciones aplicables a empresas y empleadores de acuerdo al artículo 132 de la Ley General de Migración, que impone sanciones de multas de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos a quienes contraten o proporcionen trabajo a ciudadanos extranjeros ilegales o no habilitados para trabajar en el país.
El ministerio de Interior y Policía es quien coordinará con el Ministerio de Trabajo, a través de la Dirección General de Trabajo de este último, la vigilancia y cumplimiento de los artículos 135 al 140 del Código de Trabajo de la República Dominicana, que establecen la proporcionalidad de trabajadores extranjeros contratados por una empresa o empleador.
El estado Dominicano tomará todas las medidas necesarias, en cumplimiento de la Ley, para evitar el ingreso a la República Dominicana de todo ciudadano o ciudadana de nacionalidad extranjera que implique una carga irrazonable para las finanzas públicas, incluyendo mujeres que se encuentren en estado de comprobada gestación igual o posterior a los seis meses.